Se producen restricciones a todos los efectos a todos los usos, incluidos los urbanos, crecientes con el empeoramiento del episodio.
MEDIDAS COMUNES
La Agencia Catalana del Agua distribuirá los recursos disponibles para los diferentes usos de forma proporcional a la criticidad de las reservas.
Las extracciones de agua de los acuíferos deberán adecuarse al régimen previsto en el plan de sequía para cada escenario.
Las dotaciones de consumos de agua para el abastecimiento de la población (litros por habitante y día) no superarán los límites establecidos en el plan de sequía para cada escenario.
La Agencia Catalana del Agua podrá establecer modificaciones temporales de los aprovechamientos del uso del dominio público hidráulico (concesiones, autorizaciones de aprovechamiento o vertido) y detener la tramitación de nuevos aprovechamientos de aguas superficiales y subterráneas mientras dure la sequía.
Los entes titulares de los abastecimientos en alta fijarán los caudales a distribuir para los servicios de abastecimiento domiciliario de acuerdo con las directrices del Plan y tendrán que facilitar la carga de cisternas de agua a los municipios que se encuentren en situación inminente de desabastecimiento.
Sólo se autorizará la celebración de pruebas deportivas en los ríos siempre que no comporten una pérdida de los recursos embalsados ni afecten a la calidad del agua.
El régimen de caudales de mantenimiento podrá ser objeto de modulaciones temporales en situaciones excepcionales de sequía.
Los aprovechamientos hidroeléctricos funcionarán en régimen estrictamente fluyente o de acuerdo con el régimen que establezca la Agencia Catalana del Agua en el caso de los que se encuentren al pie de los embalses.
MEDIDAS DE GESTIÓN
Las entidades prestamistas del servicio de abastecimiento de agua aplicarán las medidas de sus Plan de emergencia, que pueden incluir reducciones de presión e incluso la suspensión temporal en la prestación del servicio de abastecimiento.
El Gobierno podrá establecer a propuesta de un Departamento o de los entes locales excepciones puntuales a las limitaciones/prohibiciones por razones de interés público.
MEDIDAS DE AHORRO GENERALES
En los sistemas regulados se establecen 3 estadios, con una dotación máxima de consumo por persona y día en cada caso (incluye actividades económicas y comerciales):
EMERGENCIA Y a 200 litros persona y día
EMERGENCIA II a 180 litros persona y día
EMERGENCIA III a 160 litros persona y día
En los sistemas no regulados se establece una única dotación máxima para la emergencia de 200 litros persona y día.
El uso del agua para abastecimiento de la población estará sometido a todas las limitaciones de las fases de Alerta y Excepcionalidad con los siguientes añadidos a todos los efectos:
Supresión del riego agrícola en un 80% (se podrá autorizar sólo el riego de supervivencia de cultivos leñosos).
Reducción del uso del agua para usos ganaderos del 50%.
Reducción del 25% de los consumos de agua de los usuarios industriales.
Reducción del consumo de agua en los usos recreativos (25% en usos asimilables a urbanos)
Las administraciones locales, a través de sus planes de emergencia, pueden establecer limitaciones/prohibiciones adicionales al uso del agua en instalaciones deportivas, públicas/privadas y en espacios lúdicos.
Los usuarios no doméstico aplicarán las medidas previstas en los planes de ahorro municipales/sectoriales.
Supresión total del riego para usos privados y/o recreativos, salvo las excepciones establecidas por el Gobierno y que se explican a continuación.
MEDIDAS ESPECÍFICAS EN SISTEMAS REGULADOS
Los sistemas regulados en las cuencas internas de Cataluña incluyen todos aquellos municipios que forman parte de las siguientes unidades de explotación:
9. Embalse de Darnius – Boadella
10. Embalses Llobregat
12. Embalses Ter
13. Embalses Ter – Llobregat
En términos generales se declara cuando las reservas descienden por debajo del 16%.
Se generalizan, ante la carencia de recursos hídricos, las restricciones a todos los usos para garantizar el abastecimiento para el consumo humano con carácter prioritario.
MEDIDAS ESPECÍFICAS EN SISTEMAS NO REGULADOS
Los sistemas no regulados en las cuencas internas de Cataluña incluyen todos aquellos municipios que forman parte de las siguientes unidades de explotación:
1.Anoia- Gaià
2.Acuífero Carme-Capellades
3.Acuífero Fluvià-Muga
4.Acuífero Pliocuaternario Tarragona
5.Acuífero Baix Ter
6.Cabecera del Llobregat
7.Cabecera del Ter
8.Consorcio de aguas Tarragona
11. Riudecañas
14. Empordà
15. Estanque de Banyoles
16. Mig Llobregat
17. Prades-Llaberia
18. Cordillera transversal
En términos generales se declara cuando las reservas descienden por debajo del 16%.
Se generalizan, ante la carencia de recursos hídricos, las restricciones a todos los usos para garantizar el abastecimiento para el consumo humano con carácter prioritario.
Toda la información a: https://sequera.gencat.cat/ca/accions/el-semafor-de-la-sequera/semafor-vermell/